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Caso Esther López: Óscar, único investigado por su muerte en Traspinedo

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Según lo que se conoce del caso Esther López, ¿cuál crees que fue la implicación real de Óscar y qué

  • Ninguna implicación penal: Debe ser absuelto

  • Responsabilidad indirecta o imprudente: Pena leve, sin intencionalidad

  • Responsable directo de la muerte: Pena grave, + 10 años prisión


Los resultados solo son visibles tras votar.
Es seguro que Esther entra al Romeral.
El desplazamiento de ambos por la mañana yo lo veo en base a los cambios de antenas. No se puede saber si van juntos y tampoco se puede tener certeza al 100x100.( digamos que hay posibilidad de variantes sujetas a otros indicios o comportamientos).
La última ubicación del teléfono está a 2.59 km de la zona oeste de la maña que curiosamente visualiza Óscar el día 13 a las 4.04 de la tarde, después de pasarse por Traspi a mediodía y de negar haber lavado el coche.


Ver el archivos adjunto 9984
No le preguntaron por esa visualización tan comprometida, no me suena. Lmqlp.
 
Cuando dices que se conozca la verdad, dices entonces que será al margen del proceso penal. ¿No es al juicio donde deben ir las pruebas de la inocencia de Óscar?
La frase "pruebas de la inocencia" es contradictoria e incongruente desde un punto de vista jurídico y lógico:

- No se debe probar la inocencia, porque la inocencia es el punto de partida.

- Lo que se debe probar es la culpabilidad.

- La expresión implica que el acusado tiene que aportar pruebas para demostrar que no cometió un delito. En realidad puede defenderse, sí, pero no está obligado a demostrar su inocencia.

-La inocencia se deduce por falta de pruebas de culpabilidad, no por pruebas activas de “no haber hecho algo”.

La frase “pruebas de la inocencia” es jurídicamente impropia y refleja una inversión de principios como la presunción de inocencia. Es más correcto hablar de pruebas de descargo, elementos exculpatorios, indicios que debilitan la acusación o ausencia de pruebas de culpabilidad.
 
Con los datos en la mano solo existe un lugar por el que pudo hacerlo.
En cuanto a la hora existen diferentes datos/pruebas que me conducen a tener una hipotesis sobre ello.
Si no recuerdo mal, iría de la Calle Tres hasta la Calle Cuatro con Arroyo De la Vega para llegar a la rotonda. Ahí sigue por la VP 2303 y entonces supera la curva y señal de fin de prohibición.

¿Era así?
 
Con los datos en la mano solo existe un lugar por el que pudo hacerlo.
En cuanto a la hora existen diferentes datos/pruebas que me conducen a tener una hipotesis sobre ello.
Me interesa bastante conocer ese recorrido, condiciones atmosféricas, visibilidad sin encender la linterna, orografía del terreno, tiempo, velocidad y estado de la peatona que cae y no pone ni las manos.
 
Me interesa bastante conocer ese recorrido, condiciones atmosféricas, visibilidad sin encender la linterna, tiempo, velocidad y estado de la peatona que cae y no pone ni las manos.

Creo que era ese, pero a ver si @Mil Peinetas confirma
Si no recuerdo mal, iría de la Calle Tres hasta la Calle Cuatro con Arroyo De la Vega para llegar a la rotonda sigue por la VP 2303 y entonces supera la curva y señal de fin de prohibición.

¿Era así?
 
Es seguro que Esther entra al Romeral.
El desplazamiento de ambos por la mañana yo lo veo en base a los cambios de antenas. No se puede saber si van juntos y tampoco se puede tener certeza al 100x100.( digamos que hay posibilidad de variantes sujetas a otros indicios o comportamientos).
La última ubicación del teléfono está a 2.59 km de la zona oeste de la maña que curiosamente visualiza Óscar el día 13 a las 4.04 de la tarde, después de pasarse por Traspi a mediodía y de negar haber lavado el coche.


Ver el archivos adjunto 9984
Si el cambio de antenas no se debe a otra causa y solamente sugiere un desplazamiento (en el caso del móvil de Esther el único cambio de antena antes de las 9:12h fue con la antena de El Romeral 4G celda 009 durante 74 segundos, a la que casualmente ya se había conectado a las 6:30h durante 78 segundos) debemos interpretar que hasta las 11h su teléfono debió estar en movimiento constante ya que los cambios de antenas perduraron hasta esa hora.
Sin embargo, en mi opinión y después de estudiar bastante, sostengo que hay otras opciones que evidentemente no se han valorado ni tampoco investigado por aquello de que "ir más allá" les desmonta el relato.
 
La frase "pruebas de la inocencia" es contradictoria e incongruente desde un punto de vista jurídico y lógico:

- No se debe probar la inocencia, porque la inocencia es el punto de partida.

- Lo que se debe probar es la culpabilidad.

- La expresión implica que el acusado tiene que aportar pruebas para demostrar que no cometió un delito. En realidad puede defenderse, sí, pero no está obligado a demostrar su inocencia.

-La inocencia se deduce por falta de pruebas de culpabilidad, no por pruebas activas de “no haber hecho algo”.

La frase “pruebas de la inocencia” es jurídicamente impropia y refleja una inversión de principios como la presunción de inocencia. Es más correcto hablar de pruebas de descargo, elementos exculpatorios, indicios que debilitan la acusación o ausencia de pruebas de culpabilidad.
Si lo analizas desde el modo establishment… ok. Pruebas que desmonten la prueba indiciaria que pesa en su contra.

Vayamos a los importante: No creo que dejes que Óscar vaya a la cárcel estando en posesión de estas pruebas.
 
Me interesa bastante conocer ese recorrido, condiciones atmosféricas, visibilidad sin encender la linterna, orografía del terreno, tiempo, velocidad y estado de la peatona que cae y no pone ni las manos.
Y haces muy bien en mostrar interés en todos esos puntos que son clave para la resolución del caso. Ya has ido más allá que los propios investigadores!!!
 
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