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Caso Esther López: Óscar, único investigado por su muerte en Traspinedo

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Uno que dice ser abogado en burbuja, de los de universidad y no chatgpt:




Un juez instructor no puede ignorar una prueba que claramente esculpe al investigado, porque de lo contrario estaría prevaricando.

Lo que significa que ninguna de las periciales de parte que han entregado le exculpa. Por no servir, no servirán ni para sembrar la duda.


La prueba indiciaria en este caso es más que suficiente para una condena. Porque los indicios deben valorarse en su conjunto y no individualmente. Individualmente tiene que atacarlos la defensa, pero para eso debe sostener hipótesis que necesariamente se contradeciran entre sí.
El adn indubitado de la víctima por transferencia directa en ese lugar recóndito del maletero también es prueba indiciaria? Existe alguna explicación lógica diferente a que la víctima estuviera allí? Yo estoy perpleja ante esta evidencia.
Dice esta periodista en su análisis que bueno, que no se sabe en qué momento se produjeron esos daños en el vehículo, que pudo ser después pero se le olvida decir que los daños coinciden con las lesiones de la víctima.
Lo de este caso es surrealista o tal vez la jueza ha hecho un análisis parecido, os imagináis? Ya no me sorprende nada.
 
El adn indubitado de la víctima por transferencia directa en ese lugar recóndito del maletero también es prueba indiciaria? Existe alguna explicación lógica diferente a que la víctima estuviera allí? Yo estoy perpleja ante esta evidencia.
Dice esta periodista en su análisis que bueno, que no se sabe en qué momento se produjeron esos daños en el vehículo, que pudo ser después pero se le olvida decir que los daños coinciden con las lesiones de la víctima.
Lo de este caso es surrealista o tal vez la jueza ha hecho un análisis parecido, os imagináis? Ya no me sorprende nada.
Es de los indicios más fuertes a los que se enfrenta Óscar. Y no, el rollo de las tres mujeres, no lo tumba. Tendrá que explicarse cómo llegó ahí el ADN de Esther que no estaba en ningún otro habitáculo del coche. Si yo fuera la defensa, sería el primer informe que encargaría de cara al juicio. A ver si a la tercera obtienen una pericial por la que les ha merecido la pena pagar. ¿Será que no encuentran quien lo firme y afirme?
 
El adn indubitado de la víctima por transferencia directa en ese lugar recóndito del maletero también es prueba indiciaria? Existe alguna explicación lógica diferente a que la víctima estuviera allí? Yo estoy perpleja ante esta evidencia.
Adn aislado por depósito en el maletero es un indicio, pero no prueba la autoría directa.

Tampoco el hallazgo de sangre es necesariamente prueba directa pero sí suele ser indicio. Todo depende del contexto.


Lo único que demuestra ese ADN es que estuvo allí. Nada más. Otra cosa es que ese dato o indicio contradiga lo declarado por el investigado o que se pueda inferir que ella no entró ahí por voluntad propia.


Según testigos y declaraciones, ella no montó en ese maletero y ese maletero no se abrió en toda la noche. Ella monto 5 min en ese coche. Un testigo dirá que no la vio entrar esa noche en el maletero. Ella entró en el maletero una vez inconsciente. Y nada más se puede sacar de ahí.


Para sacar lo demás, hay que concatenar los indicios uno detrás de otro y entonces la historia se cuenta sola.
 
Es de los indicios más fuertes a los que se enfrenta Óscar. Y no, el rollo de las tres mujeres, no lo tumba. Tendrá que explicarse cómo llegó ahí el ADN de Esther que no estaba en ningún otro habitáculo del coche. Si yo fuera la defensa, sería el primer informe que encargaría de cara al juicio. A ver si a la tercera obtienen una pericial por la que les ha merecido la pena pagar. ¿Será que no encuentran quien lo firme y afirme?
Para mí los indicios más incriminatorios son las búsquedas, los posicionamientos del vehículo y los datos de los teléfonos.
 
Y qué me dices del desplazamiento a la par del coche y el móvil de Esther por la mañana? Esa qué importancia tiene.

Para mí los indicios más incriminatorios son las búsquedas, los posicionamientos del vehículo y los datos de los teléfonos.
Mira si tienen importancia, que a mi entender, incluso si se sembrase la duda razonable sobre los daños del coche o la centralita o directamente se impugnasen, se podría conseguir una condena. Según se desarrollen los acontecimientos y cómo se argumente.

Pero como digo, siguen siendo indicios. Individualmente no cuentan nada ni son actos delictivos pero todos de la manita ya es otra historia.


Este caso, penalmente es fascinante por varias razones.
 
Y qué me dices del desplazamiento a la par del coche y el móvil de Esther por la mañana? Esa qué importancia tiene.
Pues para mí esto es algo que debería tratar de asegurar la acusación. Es confuso en el relato de la UCO, las antenas no son claras pero yo creo que hay tema ahí. Iría en la misma carpeta que los viajes el día siguiente, algo que no se puede negar y que también se podría asegurar con una pericial de la acusación. El estaba acostumbrado (pienso) a hacer estas cosas con el móvil pero es que los registros del coche no los podía tener en cuenta porque esos no suponían un problema hasta ese momento ya que no había constancia.

Esto no es una prueba clara de su culpabilidad, podría haber otra explicación que él no ha dado y se mantiene en algo que no pudo pasar como él dice. Mientras no se afronten esas mentiras, es imposible hacer un relato de defensa.
 
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