«Los
hechos investigados revisten por ahora,
y sin perjuicio de ulterior calificación, los caracteres de asesinato para la acusación particular, y de asesinato/homicidio y omisión del deber de socorro para el Ministerio Fiscal, sin perjuicio de otras posibles
calificaciones como delito contra la integridad moral, la seguridad del tráfico...etc.; siendo competencia del Tribunal del Jurado conocer tanto de los delitos contra la vida como de la omisión del deber, de conformidad con lo dispuesto en el art. 1 de la LO 5/1995«
1. Fiscalía pide imprudente grave + omisión. De momento.
2. Inés, tenéis que ir con todo. Que no quede impune todo lo que se ha dicho desde los foros.