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Caso Esther López: Óscar, único investigado por su muerte en Traspinedo

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Según lo que se conoce del caso Esther López, ¿cuál crees que fue la implicación real de Óscar y qué

  • Ninguna implicación penal: Debe ser absuelto

  • Responsabilidad indirecta o imprudente: Pena leve, sin intencionalidad

  • Responsable directo de la muerte: Pena grave, + 10 años prisión


Los resultados solo son visibles tras votar.
Lo que dices me hace pensar que no has visto las imágenes de las lesiones de la mano ni las del cuerpo. Si tú dices que si, te creo. Pero alguien que las ha visto no puede pensar (en mi opinión) lo que piensas tú.

Una cosa es analizar un texto del informe y otra ver las imágenes.
Las he visto y poco deterioro me parece para el tiempo que estuvo el cuerpo a la intemperie.
He visto lesiones tras un tropiezo más escandalosas que esas. Mi suegra sin ir más lejos, la pobre mujer el otro día se cayó en casa y quedó hecha un cuadro , con hematomas por todo el cuerpo.
 
Pero esto es de la premsa, no? De ellos se puede esperar cualquier cosa
Que pone el informe oficial donde se describen esas heridas?
Porque si yo tuviera que describir los pinchotazos de un tenedor, me referiría a ellos como lesiones, mas que nada por ser visibles a simple vista.
Microlesiones sería para punciones de menor calibre, como las que pudiera dejar una aguja.

Lo que pasa es que yo, como la inmensa mayoría de los mortales, no utilizamos ni medidas ni idioma forense para describir lesiones.
Los forenses describen las lesiones del dorso de la mano derecha como "superficiales" y el tamaño es de unos 3mm. No las atribuyen a ningún objeto ni tampoco las describen como punzantes.

En el informe evacuado desde el departamento de trazas instrumentales de la GC tampoco se habla de pinchotazos (que sería algo producido por un objeto punzante) más bien lo atribuyen a algo romo (es decir sin punta).

No se trata de conocer los tecnicismos forenses, simplemente conocer la lengua cotidiana para no dar lugar a malos entendidos e interpretaciones erróneas
 
No es correcta la corrección (valga la redundancia) ya que el párrafo que antecede al que señalé es:

"La acción de los animales, como una de las posibles causas de lesiones, puede producirse poco después de la muerte o cuando el cuerpo está en descomposición. En cualquier caso, el ataque de animales carnívoros o carroñeros (que pueden ser de mayor o menor tamaño según la localización del cadáver) es uno de los fenómenos tafonómicos más habituales en cuerpos encontrados algún tiempo después de la muerte."
Y si nos ponemos puntillosas me quedo con el primer párrafo de las consideraciones médico-legales de los 4 forenses que es:

"El estudio de lesiones sobre la piel es COMPLICADO teniendo en cuenta que son MUCHOS los factores que pueden intervenir en su aparición, desde aquellos que se producen en vida a los originados por efectos tafonómicos."

Lo más curioso de todo es la ambigüedad de los forenses a la hora de hablar sobre el origen de las lesiones y lo categórico de sus conclusiones en cuento al origen de las mismas , eso sí, sin marcas figuradas o restos materiales que les pudieran orientar sobre objeto o superficie de impacto, más aún sabiendo que supuesta zona de impacto principal no presenta rotura ósea ni tampoco erosión, excoriación, roturas dérmicas ni hemorragias una vez vistas las muestras bajo el microscopio, además de conservar buena estructura histológica.

Ahora copia el texto para pregúntale a Don ChatGPT como encaja esto en un "atípico atropello" de un cuerpo hallado sin vida en una cuneta sin evidencias de atropello en ese lugar y en el que la posición en la que se encontraba no se corresponde con la de un cuerpo que ha sido atropellado sin olvidar que las livideces cadavéricas se corresponden con la posición en la que fue hallado.

Después me cuentas!!
Tienes razón, no era correcto. Siento el error. Lo paso completo para que no haya dudas:

75872ce6-4ec9-437c-8bf2-0656baf910de.jpeg

Palabras clave: “colgajos cutáneos RECIBIDOS”
 
No es correcta la corrección (valga la redundancia) ya que el párrafo que antecede al que señalé es:

"La acción de los animales, como una de las posibles causas de lesiones, puede producirse poco después de la muerte o cuando el cuerpo está en descomposición. En cualquier caso, el ataque de animales carnívoros o carroñeros (que pueden ser de mayor o menor tamaño según la localización del cadáver) es uno de los fenómenos tafonómicos más habituales en cuerpos encontrados algún tiempo después de la muerte."
Y si nos ponemos puntillosas me quedo con el primer párrafo de las consideraciones médico-legales de los 4 forenses que es:

"El estudio de lesiones sobre la piel es COMPLICADO teniendo en cuenta que son MUCHOS los factores que pueden intervenir en su aparición, desde aquellos que se producen en vida a los originados por efectos tafonómicos."

Lo más curioso de todo es la ambigüedad de los forenses a la hora de hablar sobre el origen de las lesiones y lo categórico de sus conclusiones en cuento al origen de las mismas , eso sí, sin marcas figuradas o restos materiales que les pudieran orientar sobre objeto o superficie de impacto, más aún sabiendo que supuesta zona de impacto principal no presenta rotura ósea ni tampoco erosión, excoriación, roturas dérmicas ni hemorragias una vez vistas las muestras bajo el microscopio, además de conservar buena estructura histológica.

Ahora copia el texto para pregúntale a Don ChatGPT como encaja esto en un "atípico atropello" de un cuerpo hallado sin vida en una cuneta sin evidencias de atropello en ese lugar y en el que la posición en la que se encontraba no se corresponde con la de un cuerpo que ha sido atropellado sin olvidar que las livideces cadavéricas se corresponden con la posición en la que fue hallado.

Después me cuentas!!
Perdona Milpe, no entendí el último párrafo. ¿Qué es lo que no encajaría?
 
Los forenses describen las lesiones del dorso de la mano derecha como "superficiales" y el tamaño es de unos 3mm. No las atribuyen a ningún objeto ni tampoco las describen como punzantes.

En el informe evacuado desde el departamento de trazas instrumentales de la GC tampoco se habla de pinchotazos (que sería algo producido por un objeto punzante) más bien lo atribuyen a algo romo (es decir sin punta).

No se trata de conocer los tecnicismos forenses, simplemente conocer la lengua cotidiana para no dar lugar a malos entendidos e interpretaciones erróneas
Pero hay que distinguir qué significa ese superficial y que no tenga entidad para ser considerado profundo. La consideración de punta roma no es implica necesariamente que el objeto no pueda dejar marcas agudizadas en la epidermis.
 
Las he visto y poco deterioro me parece para el tiempo que estuvo el cuerpo a la intemperie.
He visto lesiones tras un tropiezo más escandalosas que esas. Mi suegra sin ir más lejos, la pobre mujer el otro día se cayó en casa y quedó hecha un cuadro , con hematomas por todo el cuerpo.
¿Tu suegra tiene la lesión que tiene Esther debajo del glúteo? Pues si las has visto, peor me lo pones. Y mucho. Que atribuyas eso a una caída, no tienen ningún sentido forense. No sé si en el libro encontrarás a alguno que te de la razón. De momento me quedo con el razonamiento del otro libro.
 
¿Tu suegra tiene la lesión que tiene Esther debajo del glúteo? Pues si las has visto, peor me lo pones. Y mucho. Que atribuyas eso a una caída, no tienen ningún sentido forense. No sé si en el libro encontrarás a alguno que te de la razón. De momento me quedo con el razonamiento del otro libro.
Es que ni siquiera Milpeinetas lo asocia a una caída directa sobre esa zona ( ni sobre la lesión del otro glúteo ) la caída sería sobre el abdomen y las lesiones de los glúteos serían solo por ( estiramiento, doblez) a ver si lo explica.
 
Perdona Milpe, no entendí el último párrafo. ¿Qué es lo que no encajaría?
En mi opinión lo que no encaja con un impacto principal bajo la nalga izquierda sería lo siguiente:

-Un impacto con la carrocería de un coche en esa zona del cuerpo, a una velocidad de 45 km/h como aseguera el ERAT, debería haber dejado evidencias tales como erosión, excoriación, rotura de fibras dérmicas y/o hemorragia. Nada de eso existe y además hay una buena conservación histológica tras el estudio bajo el microscopio de las muestras tomadas.

-No existen fracturas asociados a ese impacto, algo muy extraño ya que tras un atropello de esas características suele producirse FRACTURAS osaes y eso no sucedió.

- Las placas apergaminadas suelen indicar deshidratación post mortem, algo totalmente explicable después de que el cuerpo estuviera a la intemperie durante 23 días con frío seco y sol por el día.

- La compactación cutánea es sugestiva de impacto aunque también puede ser originada por una deformación posicional extrema como una hiperextensión articular súbita. Los forenses en su informe concretamente indican "sugestiva de presión" aunque sin erosión, excoriación y/o rotura de las fibras dérmicas yo me decanto por un evento breve, pero intenso, de cizallamiento provocado por la hiperextensión de las caderas tras una caída de frente al fondo de la cuneta 1,5m bajo el plano por el que transitaba, lo que explicaría la diferencia de intensidad y altura de sendas placas, siendo más intensa y ubicada debajo de la nalga en el caso de la cadera izquierda (no luxada) y de menor intensidad y por encima de la zona trocantera en el caso de la cadera derecha, lo que evidencia que en ese movimiento brusco ya estaría luxada la cadera derecho por lo que no opuso resistencia a la hiperextensión.
 
En mi opinión lo que no encaja con un impacto principal bajo la nalga izquierda sería lo siguiente:

-Un impacto con la carrocería de un coche en esa zona del cuerpo, a una velocidad de 45 km/h como aseguera el ERAT, debería haber dejado evidencias tales como erosión, excoriación, rotura de fibras dérmicas y/o hemorragia. Nada de eso existe y además hay una buena conservación histológica tras el estudio bajo el microscopio de las muestras tomadas.

-No existen fracturas asociados a ese impacto, algo muy extraño ya que tras un atropello de esas características suele producirse FRACTURAS osaes y eso no sucedió.

- Las placas apergaminadas suelen indicar deshidratación post mortem, algo totalmente explicable después de que el cuerpo estuviera a la intemperie durante 23 días con frío seco y sol por el día.

- La compactación cutánea es sugestiva de impacto aunque también puede ser originada por una deformación posicional extrema como una hiperextensión articular súbita. Los forenses en su informe concretamente indican "sugestiva de presión" aunque sin erosión, excoriación y/o rotura de las fibras dérmicas yo me decanto por un evento breve, pero intenso, de cizallamiento provocado por la hiperextensión de las caderas tras una caída de frente al fondo de la cuneta 1,5m bajo el plano por el que transitaba, lo que explicaría la diferencia de intensidad y altura de sendas placas, siendo más intensa y ubicada debajo de la nalga en el caso de la cadera izquierda (no luxada) y de menor intensidad y por encima de la zona trocantera en el caso de la cadera derecha, lo que evidencia que en ese movimiento brusco ya estaría luxada la cadera derecho por lo que no opuso resistencia a la hiperextensión.
No.
 
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