Tras un mes de juicio, el jurado popular ha dictado sentencia sobre el asesinato de Samuel Luiz, ocurrido el 3 de julio de 2021 en A Coruña. En la Audiencia Provincial, los miembros del jurado han declarado culpables de asesinato con alevosía a tres de los acusados: Diego Montaña, Kaio Amaral Silva y Alejandro Freire (conocido como Yumba). Alejandro Míguez ha sido considerado cómplice, mientras que Catherine Silva, la exnovia de Montaña, ha sido absuelta de todos los cargos. Los nueve miembros del tribunal llegaron a este veredicto después de cinco días de deliberación, en los cuales analizaron testimonios de casi 80 testigos y peritos.El jurado consideró probados los agravantes de alevosía para los cuatro hombres condenados, debido a que eliminaron cualquier posibilidad de defensa de la víctima, aunque no encontraron indicios de ensañamiento, es decir, golpes innecesarios para causar la muerte o prolongar la agonía. Asimismo, rechazaron las posibles atenuantes solicitadas por Diego Montaña y Alejandro Freire relacionadas con el consumo de alcohol o drogas.
Detalles del Veredicto
El veredicto concluye que Diego Montaña, Alejandro Freire y Kaio Amaral actuaron de manera conjunta en la brutal agresión a Samuel Luiz, persiguiéndolo y golpeándolo repetidamente, lo que dejó a la víctima completamente indefensa. Los ataques se sucedieron en cuatro ubicaciones distintas hasta que Samuel falleció debido a la suma de los golpes. Kaio Amaral también fue encontrado culpable de robo con violencia, ya que se llevó el móvil de Samuel durante la agresión.Por otro lado, el jurado decidió que Alejandro Míguez no agredió físicamente a Samuel, pero sí participó en la agresión al impedir que otros socorrieran a la víctima. Catherine Silva, en cambio, fue exonerada de responsabilidad, ya que los miembros del jurado consideraron que intentó contener a Montaña en un primer momento y que su participación no contribuyó directamente al asesinato.
La Homofobia como Agravante
El tribunal popular también determinó que el crimen tuvo un carácter homófobo en el caso de Diego Montaña, quien fue identificado como el agresor inicial. Montaña atacó a Samuel mientras le gritaba insultos homófobos, lo cual, según el jurado, demostró que la agresión estuvo motivada por la orientación sexual que Montaña atribuía a la víctima. Esta calificación fue considerada probada por unanimidad durante la lectura del veredicto, lo que refuerza la dimensión de crimen de odio en el asesinato de Samuel Luiz.Sentencias Solicitadas y Reacciones
Tras la lectura del veredicto, la fiscalía solicitó penas máximas para los acusados: 27 años de prisión para Kaio Amaral (22 años por asesinato y 5 por robo con violencia), 25 años para Diego Montaña, 22 años para Alejandro Freire y 13 años para Alejandro Míguez. Además, se solicitó que todos los condenados fueran sometidos a cinco años de libertad vigilada tras cumplir sus respectivas penas de prisión.Las reacciones al veredicto no se hicieron esperar. La presidenta de Alas A Coruña, el colectivo LGTB que ejerció la acusación popular, expresó su satisfacción con el resultado, destacando que se había demostrado que el asesinato tuvo un componente homófobo. “Lo que gritan al matar a una persona sí importa, y creo que ha quedado claro, por lo menos por esta sentencia”, afirmó su abogado, Mario Pozzo-Citro. Por su parte, la Federación Estatal LGTBI+ destacó que el veredicto muestra que vivimos en un Estado de derecho contundente contra el odio.
Recursos de las Defensas
Las defensas de los acusados ya han anunciado su intención de recurrir la sentencia. El abogado de Kaio Amaral, José Ramón Sierra, mencionó que existen “contradicciones” en la causa que serán abordadas durante la apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. De manera similar, los abogados de Alejandro Freire, Alejandro Míguez y Diego Montaña también planean apelar, argumentando la falta de aplicación de atenuantes y cuestionando la proporcionalidad del veredicto, especialmente en el caso de Míguez.Conclusión del Jurado
El juicio por el asesinato de Samuel Luiz concluye con una decisión clara sobre la responsabilidad de cada uno de los acusados. El veredicto del jurado popular destaca la gravedad de los hechos, la intención homófoba de uno de los agresores y la brutalidad de una acción en la que la víctima no tuvo ninguna posibilidad de defenderse. La fiscalía y los colectivos LGTBI+ celebran que la justicia haya reconocido el carácter homófobo del crimen, mientras que las defensas ya preparan sus recursos para intentar modificar las sentencias. El caso de Samuel Luiz sigue marcando un precedente en la lucha contra los crímenes de odio en España.
Última edición: