CrimeTrueCrime | El Foro del Crimen
Un espacio participativo y especializado en True Crime. Aquí encontrarás información actualizada y noticias sobre casos de crímenes reales y compartir tu opinión y análisis. Te invitamos a registrarte para convertirte en un miembro de la comunidad de CrimeTrueCrime, el Foro del Crimen.

¿Puede la justicia leer tu mente? La neurociencia forense en el banquillo

1748184174788.png
La aspiración de alcanzar una verdad objetiva es un pilar fundamental del sistema de justicia. En este anhelo, la neurociencia forense emerge como una disciplina tan fascinante como controvertida, prometiendo herramientas capaces de acceder a los correlatos neurales de la memoria o el engaño. Sin embargo, esta promesa se ve empañada por profundas preocupaciones éticas y legales, especialmente cuando se habla de tecnologías que parecen "leer la mente". El caso de la tecnología BEOS en la India y su aplicación en investigaciones criminales, como el de Aditi Sharma, ilustra vívidamente esta compleja encrucijada.


La 'Lectura Mental' Forense

56656D9A-350C-4309-B416-C9F764BF77B8.png
El interés por aplicar la neurociencia en las investigaciones criminales es comprensible. La posibilidad de mejorar las capacidades investigativas, resolver casos intrincados y reducir errores judiciales resulta enormemente atractiva. No obstante, esta atracción choca con una tensión significativa. Surgen serias dudas sobre la fiabilidad científica de estas técnicas, su impacto en los derechos fundamentales y la necesidad de marcos regulatorios robustos. La narrativa mediática, a menudo simplificada o sensacionalista, puede exacerbar la aprensión pública y dificultar un debate informado y matizado sobre estas tecnologías.

La etiqueta de "lectura mental", por ejemplo, evoca escenarios distópicos que pueden oscurecer la comprensión real de las capacidades y limitaciones de estas herramientas. Un ejemplo paradigmático de estas complejidades es el caso de Aditi Sharma en la India, donde, ante la falta de pruebas forenses tradicionales, sus ondas cerebrales analizadas mediante la tecnología BEOS se convirtieron en un elemento probatorio clave. Este caso puso de relieve la controversia sobre el uso de una tecnología calificada como "antiética" y potencialmente aplicada contra la voluntad de la sospechosa.
En situaciones de "desesperación forense", donde las metodologías tradicionales no arrojan resultados, la tentación de recurrir a tecnologías emergentes, aun sin validación completa, puede ser alta, con el consiguiente riesgo de errores judiciales.

BEOS: ¿Descifrando recuerdos o generando dudas?

5B7C24D8-D4D2-4246-8D6B-3C3184F3A7F7.png
El Perfil de Firma de Oscilación Eléctrica Cerebral (BEOS, por sus siglas en inglés) fue desarrollado por el neurocientífico indio Dr. Champadi Raman Mukundan, exprofesor del Instituto Nacional de Salud Mental y Neurociencias (NIMHANS). Aunque algunas fuentes sitúan su desarrollo en 1999, otras indican que fue en 2003. El Dr. Mukundan, en colaboración con Axxonet System Technologies, se centró en el proceso de "recuerdo" (remembrance) más que en la detección de engaño o el reconocimiento basado en el potencial P300, basándose en trabajos previos de científicos estadounidenses.

La premisa científica de BEOS es que el cerebro reacciona de forma diferente a la información experimentada previamente ("codificación primaria") en comparación con información nueva o adquirida de fuentes secundarias ("codificación secundaria"). La tecnología busca detectar el "Conocimiento Experiencial" (EK), memorias autobiográficas de eventos vividos personalmente, midiendo los impulsos electrofisiológicos (ondas cerebrales, a menudo oscilaciones gamma) mediante un electroencefalograma (EEG). Esta afirmación de que BEOS puede distinguir fiablemente el conocimiento experiencial "primario" del "secundario" o imaginado basándose en firmas de EEG es un salto conceptual que exige una validación robusta, dada la complejidad de la memoria humana, que es reconstructiva y falible.

Si esta distinción neurológica no es tan clara como BEOS asume –preocupación subrayada por neurocientíficos que señalan que no hay distinciones claras entre recuerdos e imaginación–, la metodología entera se tambalea.

El procedimiento BEOS es no invasivo: se coloca un gorro con electrodos (típicamente 32) y el sujeto escucha "sondas" verbales relacionadas con el crimen, sin necesidad de respuesta verbal. El sistema analiza automáticamente la actividad cerebral y genera un informe, requiriéndose teóricamente el consentimiento del sujeto. A diferencia del polígrafo, que mide el estrés fisiológico asociado a mentir, BEOS se presenta como un detector de huellas de memoria, supuestamente más difícil de manipular conscientemente.​

El caso de Aditi Sharma: Un juicio bajo el escrutinio neurocientífico

D200D937-80F5-44E9-8E79-89CCE77F6895.pngAditi Sharma, estudiante de MBA, fue acusada de envenenar a su ex prometido en 2007, una investigación que cobró notoriedad en 2008. Ante la falta de pruebas físicas concluyentes, los investigadores recurrieron a BEOS. Sharma accedió a la prueba, donde se le leyeron declaraciones como "compré arsénico".

La fiscalía argumentó que la actividad cerebral registrada indicaba "conocimiento experiencial" del crimen y, por tanto, su culpabilidad. En junio de 2008, la jueza Shalini Phansalkar-Joshi la condenó a cadena perpetua, citando explícitamente la prueba BEOS como demostración de este conocimiento. Sharma apeló, alegando "mala ciencia".

Esta apelación cobró fuerza después de que el NIMHANS declarara en septiembre de 2008 que los escáneres cerebrales no eran fiables en casos penales. En abril de 2009, el Tribunal Superior de Bombay concedió la libertad bajo fianza a Sharma, sin mencionar la prueba BEOS en su auto y cuestionando la contundencia de otras pruebas. Este silencio sobre BEOS y la previa declaración de NIMHANS sugieren una reevaluación judicial de la técnica incluso antes de la histórica sentencia Selvi.

Además, el consentimiento de Sharma, obtenido antes de Selvi, podría ser cuestionable bajo los estándares más rigurosos de "consentimiento informado" establecidos posteriormente, que exigen pleno conocimiento de derechos e implicaciones, y la presencia de un abogado. Persiste una notable incertidumbre sobre el resultado final del caso de Sharma. Un informe periodístico de noviembre de 2013 indicó que la misma jueza del tribunal de primera instancia la sentenció de nuevo a cadena perpetua, pero este informe no mencionaba BEOS.

No está claro si esto fue una reafirmación de la sentencia original tras una apelación desestimada o un nuevo juicio, y cómo la sentencia Selvi de 2010 influyó en este desenlace.
La fiscalía argumentó que la actividad cerebral registrada indicaba "conocimiento experiencial" del crimen y, por tanto, su culpabilidad.

La ciencia pone a prueba a BEOS

356F4562-8202-457F-869E-CD951797FA49.png
Los defensores de BEOS, incluyendo a su creador, han reivindicado tasas de precisión entre el 90% y el 95%. Un estudio normativo del Consejo de Información, Pronóstico y Evaluación Tecnológica de la India (TIFAC) y la Dirección de Ciencias Forenses de Gandhinagar habría encontrado una alta sensibilidad y especificidad para BEOS.

No obstante, la comunidad científica internacional y sectores dentro de la India han recibido estas afirmaciones con considerable escepticismo. La crítica más fundamental es la falta de investigaciones independientes exhaustivas, replicación de resultados por científicos no afiliados y publicaciones en revistas revisadas por pares que validen su precisión y fiabilidad. A menudo, el Dr. Mukundan es la fuente principal de las afirmaciones sobre la precisión de la prueba. La metodología científica se basa en la transparencia y la replicabilidad, y las afirmaciones del desarrollador sin confirmación independiente generalizada se tratan con cautela.

También se critica la falta de protocolos estandarizados internacionalmente, especialmente en la selección y presentación de las "sondas", lo que podría ser susceptible de manipulación. Una dificultad crucial es distinguir fiablemente el "conocimiento experiencial" genuino de recuerdos de fuentes secundarias, la imaginación o la confabulación. La familiaridad con detalles de un crimen por exposición mediática podría malinterpretarse como culpabilidad. La memoria humana es maleable y propensa a errores. A pesar de las afirmaciones de alta especificidad, existe temor a falsos positivos; un artículo mencionó una tasa de error del 5% en la clasificación de inocentes según la Dirección de Ciencias Forenses de la India. También son posibles los falsos negativos debido al olvido.

Aunque se dice que es difícil de engañar, algunos sugieren que contramedidas como la meditación o la supresión de recuerdos podrían invalidar la prueba. Además, BEOS no puede determinar la intencionalidad. El análisis automatizado y la generación de informes sin transparencia algorítmica completa plantean un problema de "caja negra", dificultando la validación independiente. Ya en 2008, un comité de neurocientíficos indios desaconsejó el uso de BEOS por evidencia limitada de su efectividad, consejo que, según informes, fue ignorado. Ese mismo año, NIMHANS también cuestionó la fiabilidad de los escáneres cerebrales en casos penales.​

BEOS ante los tribunales indios: El Impacto trascendental de Selvi

671DF077-C147-4DFB-B58B-17A0A12CC54D.png
Inicialmente, BEOS fue empleado en un número considerable de investigaciones en la India, superando los 700 casos según algunas fuentes, y obtuvo cierto grado de aceptación judicial, como en la condena inicial de Aditi Sharma. Se argumentó que, si no se requerían respuestas verbales, no se violaba el Artículo 20(3) de la Constitución India (contra la autoincriminación). Sin embargo, la sentencia del Tribunal Supremo en Selvi y otros vs. Estado de Karnataka en mayo de 2010 transformó radicalmente el panorama legal.

El Tribunal dictaminó que la administración involuntaria de BEOS (a menudo denominado BEAP en contextos legales), narcoanálisis y polígrafo viola el Artículo 20(3), ya que constituye "compulsión testimonial" al obligar al sujeto a transmitir información basada en su conocimiento personal, incluso sin respuestas verbales. También determinó que infringe el Artículo 21 (derecho a la vida y a la libertad personal), reconociendo la "privacidad mental" como un componente integral de este derecho.

Las pruebas solo pueden realizarse con el consentimiento "verdaderamente voluntario e informado" del sujeto, siguiendo directrices que incluyen el acceso a un abogado y la plena comprensión de las consecuencias. Incluso con consentimiento, los resultados no son admisibles como prueba principal de culpabilidad, limitándose su uso a fines corroborativos si conducen al descubrimiento de otras pruebas independientes.

El Tribunal también expresó reservas sobre la fiabilidad científica de estas técnicas. Esta sentencia priorizó los derechos constitucionales fundamentales sobre la conveniencia investigativa. Aunque Selvi permite pruebas con consentimiento informado, la dinámica de poder en investigaciones criminales plantea dudas sobre la verdadera voluntariedad de dicho consentimiento.

Teóricamente, esta sentencia debería obligar a las agencias a depender más de métodos de investigación tradicionales y conformes con los derechos.
Esta sentencia priorizó los derechos constitucionales fundamentales sobre la conveniencia investigativa.

Explorar en la mente y la cuestión ética

825B1B33-107B-4222-BB44-C780D000394C.png
El principal desafío ético de tecnologías como BEOS es la intrusión estatal en los procesos mentales, amenazando la "libertad cognitiva". La sentencia Selvi reconoció la "privacidad mental" bajo el Artículo 21, pero la aceptación de estas tecnologías, incluso limitada, podría normalizar formas de vigilancia mental.

El desequilibrio de poder en interrogatorios pone en duda la voluntariedad del consentimiento. Una dependencia excesiva de técnicas controvertidas, especialmente sin pruebas corroborativas sólidas, aumenta el riesgo de errores judiciales. El "aura de infalibilidad científica" puede influir indebidamente en jueces y jurados. Estas técnicas también pueden afectar desproporcionadamente a poblaciones vulnerables. Organismos de derechos humanos como la Comisión Nacional de Derechos Humanos de la India (NHRC) han establecido directrices sobre el consentimiento para pruebas similares.

La introducción de pruebas basadas en el cerebro también podría complicar las nociones de responsabilidad penal, aunque BEOS se enfoca en inferir conocimiento más que en la capacidad o intención.​

Neurociencia forense, IA y los "neuroderechos" del mañana

A83849B0-6795-49EC-B386-EF93F0FD1892.png
A nivel internacional, la admisibilidad de la evidencia neuroforense varía. En EE. UU., el estándar Daubert exige rigurosos criterios de testabilidad, revisión por pares, tasa de error conocida y aceptación científica general. Técnicas como BEOS no han logrado una admisibilidad generalizada fuera de la India.

La inteligencia artificial (IA), especialmente el aprendizaje automático, ya se utiliza para analizar datos de EEG con fines como la detección de engaño o diagnósticos médicos. Si bien la IA puede mejorar el análisis de datos cerebrales, también introduce nuevas complejidades y problemas de "caja negra" y sesgos. La rápida evolución de la neurotecnología y la IA plantea desafíos continuos, lo que ha llevado a la propuesta de "neuroderechos" para proteger la privacidad mental, la identidad personal, el libre albedrío y el acceso equitativo a mejoras cognitivas.

Aunque la investigación busca hacer más precisas tecnologías como BEOS, cualquier avance debe sopesarse con los derechos humanos y la integridad científica.​

Promesa tecnológica y salvaguarda de derechos

0E0A7CD0-7B98-4CAC-9397-E610945D5A93.png
El análisis de BEOS revela una tecnología científicamente controvertida por su falta de validación independiente, éticamente preocupante por sus implicaciones para la privacidad mental y el riesgo de coerción, y legalmente restringida en la India tras la sentencia Selvi. La ambigüedad en la resolución final del caso de Aditi Sharma es un recordatorio de estas complejidades.

La tensión entre la búsqueda de la verdad mediante la tecnología y los principios de derechos humanos y rigor científico es un desafío constante. Es imperativo someter cualquier técnica neuroforense a una validación científica independiente y rigurosa antes de su aplicación penal. Se debe garantizar una adhesión estricta a las salvaguardas legales como el consentimiento informado y voluntario, y la evidencia neuroforense, si acaso, solo debería ser corroborativa.

Los tribunales deben ejercer una función de "guardianes" (gatekeeping) con extrema cautela. Si se considera válida una tecnología, se requieren protocolos estandarizados y transparentes, incluyendo la divulgación de algoritmos. La supervisión ética continua y el debate público son esenciales, al igual que el fortalecimiento de métodos de investigación convencionales y respetuosos con los derechos.

La búsqueda de la verdad no debe realizarse a expensas de los derechos fundamentales ni de la integridad científica. La experiencia con BEOS es una lección sobre los peligros de la adopción prematura de tecnologías forenses. Con el avance de la neurotecnología y la IA, estos desafíos se intensificarán, exigiendo respuestas proactivas y basadas en principios para proteger la mente humana.​
 
Atrás
Arriba